Esta concesión aplica cuando una persona física o moral requiera el uso, aprovechamiento o explotación de las aguas nacionales superficiales que se encuentren dentro del Territorio Nacional.
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Lun: | 09:00 - 15:00 |
Mar: | 09:00 - 15:00 |
Mié: | 09:00 - 15:00 |
Jue: | 09:00 - 15:00 |
Vie: | 09:00 - 15:00 |
De 8:00 a 14:00 en Baja California, Baja California Sur, Colima, Nayarit, Sinaloa y Sonora.
De donde se localiza o localizará el aprovechamiento. Documento que acredite la propiedad o posesión, cuando la solicitud del trámite involucre uso agrícola de las aguas nacionales.
Indicar en la aplicación electrónica de georreferenciación del sistema Conagu@-Digital la coordenada geográfica o seleccionar el punto correspondiente, con lo cual el sistema precargará la coordenada geográfica, la cuenca o acuífero en que se ubique y los datos del domicilio geográfico.
Señalando en la solicitud el tipo y número de cabezas de ganado para cuando el uso de las aguas nacionales sea pecuario, la superficie a regar cuando el uso de las aguas nacionales sea agrícola, las localidades, población y proyección de crecimiento de población a diez años contados a partir de la presentación de la solicitud cuando se trate de uso público urbano y, la proyección anual de producción por cada categoría de producto o de generación de servicios para los otros usos de las aguas nacionales.
En caso de ser necesario, documento que contenga la declaración bajo protesta de decir verdad que cuenta con la legal constitución de las servidurmbres y que se compromete a presentar a la Comisión Nacional del Agua los documentos originales, que así lo demuestren cuando le sea requerido durante la vigencia del título.
Autorización emitida por la SEMARNAT, con relacion al impacto ambiental que generara el uso, explotación o aprovechamiento de las aguas nacionales, cuando se trate de superficies a beneficiar mayores a 100 hectáreas.
Documento que indique la proyección anual de producción por cada categoría de producto o de generación de servicios, por aprovechamiento solicitado, cuando el uso de las aguas nacionales sea distinto a usos pecuario, agrícola, público urbano y doméstico.
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Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 20 días hábiles.
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 30 días hábiles.
Tiempo del trámite
Este trámite se puede presentar en línea o de manera presencial.
El Buzón del Agua tiene una capacidad máxima de 20Mb para la totalidad de los documentos aportados, por lo que en caso de que la información sobrepase esta capacidad, el solicitante deberá entregar la información digital completa en el Centro Integral de Servicios más cercano.
El pago se podrá realizar directamente en las sucursales o mediante banca electrónica de los bancos o instituciones de crédito autorizadas.