Costo( ver detalles ) |
Gratuito
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Lun: | 08:30 - 16:00 |
Mar: | 08:30 - 16:00 |
Mié: | 08:30 - 16:00 |
Jue: | 08:30 - 16:00 |
Vie: | 08:30 - 15:00 |
Debidamente apostillado o legalizado, según proceda. Cuando estos consten en idioma distinto del español debe presentarse una traducción al español realizada por un perito autorizado.
Los extranjeros que residan en un país o jurisdicción con los que México tenga en vigor un acuerdo amplio de intercambio de información y que realicen operaciones de maquila a través de una empresa con programa IMMEX bajo la modalidad de albergue.
Cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo.
En caso de representación legal, que acredite la personalidad de la o el representante legal. Si fue otorgado en el extranjero deberá estar debidamente apostillado o legalizado y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por un perito autorizado.
Firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público.
Del representante legal, cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo.
En los casos que así proceda, con firma autógrafa del asociante y asociados o de sus representantes legales.
En los casos en que así proceda, con firma autógrafa del fideicomitente, fideicomisario o de sus representantes legales, así como del representante legal de la institución fiduciaria.
Los documentos otorgados en el extranjero deberán estar debidamente apostillados o legalizados y haber sido formalizado ante fedatario público mexicano y en su caso, contar con traducción al español realizada por un perito autorizado.
Trámite gratuito.