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Lun: | 09:00 - 16:00 |
Mar: | 09:00 - 16:00 |
Mié: | 09:00 - 16:00 |
Jue: | 09:00 - 16:00 |
Vie: | 09:00 - 16:00 |
Carta poder suscrita ante dos testigos o Instrumento público o carta poder con ratificación de firmas ante notario o corredor o poder otorgado conforme a la legislación aplicable del lugar donde se otorgue o de acuerdo a los tratados internacionales. En su caso, el poder deberá cumplir las especificaciones del articulo 27 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial según cada caso.
Es un formato adicional que se deberá presentar en caso de que el espacio designado en el formato IMPI_00_12 de la solicitud no sea suficiente para poder designar a todos “los mandantes personas físicas” dentro de una misma solicitud.
Es un formato adicional que se deberá presentar en caso de que el espacio designado en el formato IMPI_00_12 de la solicitud no sea suficiente para poder designar a todos los mandatarios o a los autorizados para oír y recibir notificaciones, dentro de una misma solicitud.
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En "Tu cuenta PASE" se deberá capturar, pagar (el sistema permite realizar el pago en línea) y firmar electrónicamente la solicitud en Registro General de Poderes (RGP) en línea”.
Para más información, consultar la Guía de Usuario RGP en línea.
Los documentos de constitución y los estatutos de la persona moral extranjera deberán estar apostillados cuando ésta esté constituida en un país con el que México haya suscrito un Tratado de Libre Comercio.
Para más información, consultar páginas de Notariado mexicano y/o Corredores públicos.
La documentación solicitada deberá ser presentada en idioma español, completa y legible.
Consultar aquí la tarifa vigente del IMPI
Se puede seleccionar una de estas opciones: