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A través de este trámite se puede obtener un permiso para realizar la instalación de un parador en el que se presten los siguientes servicios: alojamiento, alimentación, servicios sanitarios, servicios a vehículos y comunicaciones en el derecho de vía de carreteras federales libres de peaje.
Espera hasta paso siguiente |
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Mon: | 09:00 - 15:00 |
Tue: | 09:00 - 15:00 |
Wed: | 09:00 - 15:00 |
Thu: | 09:00 - 15:00 |
Fri: | 09:00 - 15:00 |
Plano del parador en el que se muestren las instalaciones sanitarias y conexiones de todas las áreas que lo conforman. Es necesaria la firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero.
Identificación INE, RFC o pasaporte.
Cuando se trate de personas morales, deberá acompañar copia de la escritura constitutiva.
Descripción de las instalaciones, calendarizando el programa de obras. Es necesaria la firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero.
En caso de zonas aledañas al derecho de vía, presentar el documento que acredite la propiedad o posesión de la superficie o autorización para su aprovechamiento.
Plano general de construcción en el que se muestre la ubicación, las colindancias, zonas que forman parte del parador con sus dimensiones, áreas, acabados, instalaciones. Es necesaria la firma, validación, certificación, autorización o visto bueno de un tercero.
Presentar plano con medidas y colindancias en el que se delimite la ubicación del predio, tratándose del aprovechamiento de zonas aledañas al derecho de vía.
Mediante el cual el peticionario solicita permiso para la construcción del parador. En este escrito debe agregar su nombre, teléfono, correo; además debe describir el parador, incluyendo sus características como: ubicación, área, colindancias, servicios que incluirá.
Paradores: son instalaciones y construcciones cercanas a una carretera, que presten los servicios de alojamiento, alimentación, servicios sanitarios, servicios a vehículos y comunicaciones.
Este trámite se realiza exclusivamente presencial.
Las personas que pueden realizar el trámite son el inversionista y el apoderado legal.
Además de cumplir con todos los requisitos se deberá tomar en cuenta lo siguiente:
Que los proyectos de las obras solicitadas cumplan la normativa establecida (técnica y legal).
Que exista disponibilidad en el derecho de vía.
Que no afecten la seguridad de los usuarios de las carreteras.