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A través de este trámite se podrá ceder los derechos y obligaciones establecidos en las concesiones o permisos, siempre que éstos hubieren estado vigentes por un lapso no menor a 3 años; que el cedente haya cumplido con todas sus obligaciones; y que el cesionario reúna los mismos requisitos que se tuvieron en cuenta para el otorgamiento de la concesión o permiso respectivos.
Costo( ver detalles ) |
Espera hasta paso siguiente |
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Gratuito
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Lun: | 09:00 - 15:00 |
Mar: | 09:00 - 15:00 |
Mié: | 09:00 - 15:00 |
Jue: | 09:00 - 15:00 |
Vie: | 09:00 - 15:00 |
Documento con el que el permisionario solicita autorización para ceder los derechos y obligaciones establecidos en el permiso. La Secretaría podrá autorizar la cesión de los derechos y obligaciones establecidos en los permisos, siempre que éstos hubieren estado vigentes por un lapso no menor a 3 años; que el cedente haya cumplido con todas sus obligaciones; y que el cesionario reúna los mismos requisitos que se tuvieron en cuenta para el otorgamiento del permiso respectivo.
Las personas que pueden realizar el trámite son el inversionista y el apoderado legal.
Este trámite se realiza exclusivamente presencial.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) podrá autorizar la cesión de los derechos y obligaciones siempre y cuando:
Los permisos hayan estado vigentes por un lapso no menor a 3 años.
El cedente haya cumplido con todas sus obligaciones.
El cesionario reúna los mismos requisitos que se tuvieron en cuenta para el otorgamiento del permiso.
Trámite gratuito.