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language Da clic aquíDeberán ser fotografías a color de toda la calle donde se encuentra el inmueble, así mismo, fotografías de los lugares donde se llevará a cabo la obra (se presentarán en hojas tamaño carta).
Es un documento en el que se detallan un conjunto de pasos para llevar a cabo un proyecto, tiene carácter técnico y que forma parte del proyecto ejecutivo, complementando la información que aparece en los planos, de manera explicativa y descriptiva.
Documentos legales que acrediten la propiedad del inmueble. (Escritura pública registrada en el Registro Público de la Propiedad o contrato de arrendamiento con la autorización por escrito del propietario del inmueble.
En caso de ser persona moral o jurídica, copia del documento que acredite la personalidad del representante legal (Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado).
De acuerdo con la Ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicos, artísticos e históricos, el patrimonio cultural material, se clasifica en:
*Monumentos arqueológicos: son los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.
*Monumentos históricos: son los bienes vinculados con la historia de la nación, a partir del establecimiento de la cultura hispánica en el país, construidos del siglo XVI al XIX: templos y sus anexos, los que estuvieron destinados al servicio y ornato público, y los que fueron usados por las autoridades civiles y militares, así como la arquitectura civil relevante.
*Obras menores: son aquellas que no modifican el diseño estructural y/o arquitectónico del bien como mantenimientos en general, aplicación de pintura, reposición de aplanados, limpieza de fachadas, albañilería superficial, mejoramiento de acabados e instalaciones.