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Properties

Steps (10) arrow_drop_up arrow_drop_down
Autorización para el establecimiento de una sucursal  (3) expand_more expand_less
Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras  (3) When applicable expand_more expand_less
Inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC)  (2) expand_more expand_less
Inscripción de la persona moral extranjera en el RNIE  (3) expand_more expand_less
Registro en el Sistema de Información Empresarial (SIEM)  (2) expand_more expand_less
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3
Obtener autorización
(last modified: 24/06/2024)

You can apply for this step online

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Contact details

Entity in charge

Secretaría de Economía (Torre Ejecutiva)

Pachuca 189, Colonia Condesa, Cuauhtémoc, Ciudad de México 06140
Tel: +52 (55) 5229 6100 / +52 (55) 5229 9100
Email: contacto.ciudadano@economia.gob.mx
Website: https://www.gob.mx/se

Unit in charge

Dirección General de Inversión Extranjera

Mon: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Tue: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Wed: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Thu: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Fri: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00

Person in charge

María Luisa Rosas Rodríguez

Coordinadora del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras en la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras y en la Dirección General de Inversión Extranjera
Tel: 55 5729 9100 Ext. 35002
Email: maria.rosas@economia.gob.mx

Expected results

Autorización para establecer una oficina de representación sin ingresos Autorización para establecer una oficina de representación sin ingresos

Legal justification

1. Ley de Inversión Extranjera
Foreign Investment Law
Art: 17, fracción I y 17 A
2. Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Regulation for the Foreign Investment Law and the National Foreign Investment Registry
Art: 21
3. Ley General de Sociedades Mercantiles
General Law of Trading Companies
Art: 250 y 251
4. Ley Federal de Derechos (VUI)
Ley Federal de Derechos
Art: 72, fracción V

Additional information

Una vez obtenida la autorización:

  1. Se deberá informar por escrito a la Dirección de Asuntos Jurídicos y de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras, el domicilio que tendrá en la República Mexicana, así como el nombre de la persona que será representante de la persona moral extranjera en México, que puede ser persona distinta a quien tramita la autorización.

  2. Se podrá publicar la autorización otorgada en el Diario Oficial de la Federación por cuenta del interesado.

  3. Se deberá inscribir en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.

  4. Se deberá informar por escrito a la Dirección de Asuntos Jurídicos y de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras sobre la inscripción de sus estatutos en el Registro Público de Comercio, indicando el número de folio mercantil otorgado.

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