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Este permiso aplica cuando se pretenda construir una obra localizada en los bienes nacionales a que se refiere el artículo 113 de la Ley de Aguas Nacionales, y con motivo de dichas obras se pudiera afectar el régimen hidráulico o hidrológico de los cauces o vasos de propiedad nacional o de las zonas federales o de protección correspondientes.
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Costo( ver detalles ) |
Espera hasta paso siguiente |
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MXN
387915
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Lun: | 09:00 - 15:00 |
Mar: | 09:00 - 15:00 |
Mié: | 09:00 - 15:00 |
Jue: | 09:00 - 15:00 |
Vie: | 09:00 - 15:00 |
De 8:00 a 14:00 en Baja California, Baja California Sur, Colima, Nayarit, Sinaloa y Sonora.
En términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Ley General Del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
En términos de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Ley General Del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Protección al Ambiente en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.
Sistema planimétrico de apoyo topográfico: configuración topográfica, secciones transversales de topografía, geología regional, geología del sitio, sondeos de geología, pruebas del laboratorio de geología, geología de detalle, especificaciones de geología, estudio geotécnico-estructural, criterios de aceptación de evaluación del comportamiento de geotecnia, análisis de constructibilidad de geotecnia, análisis de riesgo sísmico de geotecnia, hidrología, hidráulica, planos de proyecto del arreglo conceptual de la obras (firmados), plano general y de localización del arreglo conceptual de la obras (firmados), planos particulares del arreglo conceptual de la obras (firmados), catálogo, programa de ejecución del proyecto y archivos electrónicos que conforman el expediente técnico del proyecto.
En caso de que por el tipo y características de la obra a ejecutar su diseño no requiera de alguno de los estudios, el solicitante deberá adjuntar en el campo correspondiente, un archivo (doc o pdf) en el que se indique que tal estudio no es aplicable para su caso.
MXN
6,779
Por cada permiso para la construcción de obras hidráulicas destinadas a la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales o en zonas de veda y reglamentadas, para perforación de pozos para uso de aguas del subsuelo o para la construcción de obras en zona federal.
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o
MXN
381,136
Por cada permiso que corresponda autorizar a la Comisión Nacional del Agua para la construcción de las siguientes obras hidráulicas u obras que afecten bienes nacionales a cargo de la Comisión Nacional del Agua: Incisos a, b, c, d, e, f, g, h, i, j y k.
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Plazo de prevención
Plazo que tiene la dependencia para prevenir al solicitante: 20 días hábiles.
Plazo que tiene el usuario para responder la prevención: 30 días hábiles.
Tiempo del trámite
Este trámite se puede presentar en línea o de manera presencial.
El Buzón del Agua tiene una capacidad máxima de 20Mb para la totalidad de los documentos aportados, por lo que en caso de que la información sobrepase esta capacidad, el solicitante deberá entregar la información digital completa en el Centro Integral de Servicios más cercano.
El pago se podrá realizar directamente en las sucursales o mediante banca electrónica de los bancos o instituciones de crédito autorizadas.