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Lun: | 09:00 - 15:00 |
Mar: | 09:00 - 15:00 |
Mié: | 09:00 - 15:00 |
Jue: | 09:00 - 15:00 |
Vie: | 09:00 - 15:00 |
La persona extranjera deberá contactar a algún Consulado de México y programar una cita para la entrevista consular correspondiente, dentro de los 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de haberse notificado la persona solicitante del oficio de autorización emitido por el INM.
En caso de que se haya autorizado visa de residente temporal, desde su arribo a México, la persona extranjera contará con 30 días naturales para realizar el trámite de canje ante el instituto Nacional de Migración para la obtención de la tarjeta de residente temporal.
Si obtuvo visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, a su llegada a México se le documentará con una Forma Migratoria Múltiple con la cual acreditará su estancia en el país, por lo que no tendrá que realizar el trámite de canje.