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Propiedades

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Firma de la compraventa ante notario  (1) expand_more expand_less
Notificación de la adquisición ante la Secretaría de Relaciones Exteriores  (1) expand_more expand_less

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Firmar la compraventa
(última modificación: 02/04/2024)

Detalles del contacto

Entidad a cargo

Colegio Nacional del Notariado Mexicano

Paseo de la Reforma No. 454, Col. Juárez, Alc. Cuauhtémoc, Ciudad de México 06600
Correo: organizacion@notariadomexicano.org.mx
Sitio web: https://www.notariadomexicano.org.mx/directorio-de-notarios/
Ubicación: Google maps
Directorio Nacional de Notarios Directorio Nacional de Notarios

¿Qué obtendrá?

Copia certificada de la escritura con todos sus comprobantes (Testimonio)
Inscripción en el Registro Público de la Propiedad

¿Qué información y documentos debe suministrar?

1. 01 - Libre deuda de patente
Título de propiedad (original)
2. 01 - Libre deuda de patente
Boletas de predial y agua (original)

De los últimos 5 años.

3. 01 - Libre deuda de patente
Identificación oficial vigente (original)

Del vendedor y el comprador.

En caso de estar casado
1. 01 - Libre deuda de patente
Acta de matrimonio (original)
En caso de departamento o casa en condominio
1. Régimen de propiedad en condominio
Régimen de propiedad en condominio (copia simple)
2. 01 - Libre deuda de patente
Constancia de no adeudos emitida por el administrador del condominio (original)

Costo

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El notario tiene la obligación de retener (cobrar) los impuestos que se generen en una compraventa e integrar esa cantidad al fisco. De igual forma, cobrará los derechos, avalúos, gestorías y demás gastos que genera una escrituración. 

Los honorarios del notario se calculan en función de lo que la autoridad señale que debe ser cobrado (arancel), los que corresponden a la sexta parte del pago total hecho al notario.

El notario informará en un desglose cada uno de los conceptos antes mencionados.

Es bueno saber...

El título de propiedad es el documento que comprueba la legítima propiedad. En caso de vender, es importante tener este documento en regla o, en caso de herencia, se podrá transmitir el bien a los herederos.

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