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Propiedades

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Instalación de señales informativas  (5) expand_more expand_less
Obtención de prórroga para la conclusión de obras del derecho de vía de autopistas con cuota  (3) Cuando aplica expand_more expand_less
Autorización para la cesión de derechos y obligaciones del permiso en derecho de vía con cuota  (2) Cuando aplica expand_more expand_less

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Obtener permiso de instalación
(última modificación: 10/06/2024)

Detalles del contacto

Entidad a cargo

Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT)

Av. Insurgentes Sur 1089, Piso 11, Ala Oriente, Col. Nochebuena, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México 03720

Unidad a cargo

Dirección General de Desarrollo Carretero

Persona a cargo

Manuel Ismael Bolaños Quintana

Subdirector de Seguimiento de Permisos y Aprovechamientos Zona Sur
Tel: +52 (55) 5482 4200 Ext. 16032
Correo: mibolano@sct.gob.mx
Consultar el directorio de las oficinas de atención SICT para carretera y caminos de cuota Consultar el directorio de las oficinas de atención SICT para carretera y caminos de cuota
NOTA: Los trámites deberán efectuarse en los Centros SICT a cargo de la carretera donde se requiere el permiso.

¿Qué obtendrá?

Permiso para instalar señales informativas en el derecho de vía de autopistas de cuota

¿Qué normas justifican este trámite?

1.  Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal
Art: 8 fracc. VIII y 9 párrafo segundo
2. Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas
Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas
Art: 5 fracc. II, 6 fracc. VI, 6-A, 7 fracc. III y IV, 21
3. Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes
Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
Art: 1, 2, 3, apartado A, fracc. I, inciso c, 9, 10, fracc. VI y XXXVII y 20 fracc. VI y VII
4. Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Ley Federal de Procedimiento Administrativo
Art: 17
5. Ley Federal de Derechos (VUI)
Ley Federal de Derechos
Art: 237 fracc. III

Es bueno saber...

  • Una vez obtenido el permiso se deberá cumplir con el plazo establecido para la construcción de la obra autorizada.
Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave SCT-08-001-D Consulta la ficha de trámite en la CONAMER, homoclave SCT-08-001-D

¿Quién certifica esta información?

Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y T. (SICT), 07/06/2024
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