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language Da clic aquíDeben estar doblados en tamaño carta (1 juego). Es el conjunto de planos, explicativos utilizados para plasmar (en papel, digitalmente,) el diseño de una obra.
De plantas, cortes y fachadas. Es el conjunto de planos explicativos utilizados para plasmar (debidamente acotados y con las especificaciones de los materiales, acabados).
Deberán ser fotografías a color de toda la calle donde se encuentra el inmueble, así mismo, fotografías de los lugares donde se llevará a cabo la obra (se presentarán en hojas tamaño carta).
Es un documento en el que se detallan un conjunto de pasos para llevar a cabo un proyecto, tiene carácter técnico y que forma parte del proyecto ejecutivo, complementando la información que aparece en los planos, de manera explicativa y descriptiva.
Presentar original para su cotejo. Documento de un profesional certificado, quien es el principal responsable de que se sigan las normas técnicas durante una construcción.
Documentos legales que acrediten la propiedad del inmueble. (Escritura pública registrada en el Registro Público de la Propiedad o contrato de arrendamiento con la autorización por escrito del propietario del inmueble.
Documento público emitido por la autoridad local competente (en el caso de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda), donde consta el número asignado oficialmente a un predio que tenga frente a la vía pública, así como la traza de los límites del terreno respecto de otros y de la vía pública.
Expedida por la autoridad local (en el caso de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda), donde consta el destino, el empleo o la utilización permitida de un inmueble, conforme a los instrumentos de planeación del desarrollo urbano correspondientes. Presentar original para su cotejo.
Expedida por la autoridad local (en el caso de la Ciudad de México, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda), donde consta el destino, el empleo o la utilización permitida de un inmueble, conforme a los instrumentos de planeación del desarrollo urbano correspondientes. Presentar original para su cotejo.
En caso de ser persona moral o jurídica, copia del documento que acredite la personalidad del representante legal (Personas físicas: Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado o Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado).
De acuerdo con la Ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicos, artísticos e históricos, el patrimonio cultural material, se clasifica en:
*Monumentos arqueológicos: son los bienes muebles e inmuebles, producto de culturas anteriores al establecimiento de la hispánica en el territorio nacional, así como los restos humanos, de la flora y de la fauna, relacionados con esas culturas.
*Monumentos históricos: son los bienes vinculados con la historia de la nación, a partir del establecimiento de la cultura hispánica en el país, construidos del siglo XVI al XIX: templos y sus anexos, los que estuvieron destinados al servicio y ornato público, y los que fueron usados por las autoridades civiles y militares, así como la arquitectura civil relevante.
*Obras mayores: son aquellas que modifican el diseño estructural y/o arquitectónico de un inmueble como obras de restauración, rehabilitación estructural, ampliación y/o restitución.