Se han hecho los mejores esfuerzos para que los datos y el material publicado en este sitio reflejen las normas y prácticas administrativas reales.
No obstante, las entidades mencionadas en el sitio no se responsabilizan de su exactitud y niegan expresamente cualquier responsabilidad por los daños que pudieran derivarse del uso de la información de este sitio o del uso del sitio en sí. El sitio contiene enlaces a otras páginas web que no son responsabilidad de las entidades mencionadas en el sitio.
Al consultar este sitio, el usuario otorga la más completa e irrevocable renuncia a todas las entidades mencionadas en el sitio, liberándolas absolutamente de cualquier tipo de responsabilidad, y se compromete a abstenerse de cualquier acción o reclamación
Copie / pegue el siguiente código html dentro de su página:
<iframe style="height: 100%; border:none; width: 100%;min-height: 400px;" src="http://ventanilla.economia.gob.mx/procedure/453/step/468?l=es&embed=true&includeSearch=true"></iframe>
Copie / pegue el siguiente código html dentro de su página:
<iframe style="height: 100%; border:none; width: 100%;min-height: 400px;" src="http://ventanilla.economia.gob.mx/EmbedSearch?l=es&embed=true&includeSearch=true"></iframe>
Costo( ver detalles ) |
Gratuito
|
Lun: | 08:30 - 16:00 |
Mar: | 08:30 - 16:00 |
Mié: | 08:30 - 16:00 |
Jue: | 08:30 - 16:00 |
Vie: | 08:30 - 15:00 |
Expedida por autoridad competente, tratándose de mexicanos por naturalización (certificada o legalizada según corresponda).
Cualquiera de los señalados en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso B) Comprobante de domicilio, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Del contribuyente o representante legal. Cualquiera de las señaladas en el Apartado I. Definiciones; punto 1.2. Identificaciones oficiales, comprobantes de domicilio y poderes, inciso A) Identificación oficial, del Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
Firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante fedatario público.
Emitido por autoridad competente, tales como: Tarjeta de residente permanente o Tarjeta de residente temporal o Tarjeta de visitante por razones humanitarias.
Para el caso de que se trate de un migrante con calidad de refugiado, puede exhibir el documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados o Tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas o Tarjeta de visitante trabajador fronterizo o Tarjeta de residente temporal estudiante.
Donde describan los fines por los que requiere la clave en el RFC.
Para más información del trámite, visitar el portal del SAT .
Trámite gratuito