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Propiedades

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Obtención del nombre de la compañía (Autorización de uso de Denominación o Razón Social)  (2) expand_more expand_less
Constitución ante fedatario público  (1) expand_more expand_less
Aviso de uso de Denominación o Razón Social  (1) expand_more expand_less
Inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC)  (2) expand_more expand_less
Inscripción en el RFC persona moral  (2) expand_more expand_less
Registro en el Sistema de Información Empresarial (SIEM)  (2) expand_more expand_less
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Obtener registro
(última modificación: 23/09/2024)

Detalles del contacto

Entidad a cargo

Secretaría de Economía (Torre Ejecutiva)

Pachuca 189, Colonia Condesa, Cuauhtémoc, Ciudad de México 06140
Tel: +52 (55) 5229 6100 / +52 (55) 5229 9100
Correo: contacto.ciudadano@economia.gob.mx
Sitio web: https://www.gob.mx/se

Unidad a cargo

Dirección de Análisis Económico Mercantil

Lun: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Mar: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Mié: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Jue: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Vie: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00

Persona a cargo

María del Carmen Herrera Olivares

Directora de Análisis Económico Mercantil
Tel: +52 (55) 5229 6100 Ext. 33524 y 33526
Correo: maria.herrera@economia.gob.mx, siemcontacto@economia.gob.mx

¿Qué obtendrá?

Registro en el Sistema Empresarial Mexicano

¿Qué información y documentos debe suministrar?

1. 01 - Libre deuda de patente
Contratos de relación laboral (original + copia simple)
2. 01 - Libre deuda de patente
Certificado de los promotores con base en normas técnicas de competencia laboral (original + copia simple)
3. Comprobante de pago emitido por las Cámaras
Comprobante de pago emitido por las Cámaras

Costo MXN 100

MXN expand_more expand_less
  • MXN Add Name Here
Para establecimientos sector comercio
MXN 100
Hasta 2 empleados
MXN 300
Sólo 3 empleados
MXN 640
4 empleados o más
Para establecimientos sector industria
MXN 150
Hasta 2 empleados
MXN 350
De 3 a 5 empleados
MXN 670
6 empleados o más
Métodos de pago:

El establecido por la Cámara Empresarial.

Consultar el monto máximo de las tarifas por concepto de operación.

¿Qué normas justifican este trámite?

1. Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Art: 29 y 30
2. Tarifas por concepto de operación del SIEM
Acuerdo por el que se autoriza el monto máximo de las tarifas que las cámaras podrán cobrar por concepto de operación del Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM)

Es bueno saber...

  • El registro se puede realizar de tres maneras: por medio de la visita de un promotor al establecimiento; por medio de la visita directa del empresario a la ventanilla de la cámara correspondiente y a través de un correo certificado, fax o correo electrónico.

  • El registro se lleva a cabo a través de la Cámara Empresarial autorizada por la Secretaría de Economía.

  • Consultar cámaras empresariales autorizadas para operar el SIEM.

  • Si por la actividad y ubicación, dos o más Cámaras Empresariales pueden registrar al establecimiento, se tiene la opción de elegir la que se desee.

Se consideran:

  • Comerciantes a las personas físicas y morales con actividades empresariales que realicen actividades de comercio, servicios y turismo que se encuentren establecidos y sujetos a un régimen fiscal.
  • Industriales a las personas físicas y morales con actividades empresariales que realicen actividades industriales, extractivas, de transformación y sus servicios que se encuentren establecidos y sujetos a un régimen fiscal.
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