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A través de este trámite se pueden ceder los derechos y obligaciones derivados de los permisos otorgados para usar y aprovechar el derecho de vía de las autopistas de cuota.
Costo( ver detalles ) |
Espera hasta paso siguiente |
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Gratuito
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Escrito libre firmado por el interesado o, en su caso, por su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, en este caso se imprimirá su huella digital, que contenga:
a) El órgano administrativo a que se dirigen, lugar y fecha de su emisión;
b) Nombre, denominación o razón social de quién o quiénes promuevan, en su caso de su representante legal;
c) La petición que se formula, los hechos o razones que dan motivo a la petición;
d) Señalar la carretera, tramo y kilómetro en donde se llevará a cabo la obra o instalación;
e) Domicilio para recibir notificaciones, nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;
f) Número telefónico y correo electrónico;
g) Número de permiso otorgado.
(IFE, INE, Pasaporte o Cédula profesional)
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, del representante legal.
Carta compromiso del cesionario para realizar las obligaciones del permiso originalmente otorgado al cedente, dicho documento deberá estar firmado por el interesado o en su caso por su representante legal, a menos que no sepa o no pueda firmar, caso en el cual, se imprimirá su huella digital.
Entre el cesionario y el cedente, otorgado ante el fedatario público.
En el cual se haga constar que la obra ejecutada en el derecho de vía se construyó conforme al proyecto aprobado a través del permiso otorgado al permisionario.
Los criterios que se consideran para la resolución del trámite son:
Que los derechos y obligaciones establecidos en los permisos hayan estado vigentes por un lapso no menos a 3 años.
Que la persona que cede haya cumplido con todas sus obligaciones.
Que el cesionario reúna los mismos requisitos que se tuvieron en cuenta para el otorgamiento del permiso.
Trámite gratuito.