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Propiedades

Ingresar a cada paso para ver el detalle (8) arrow_drop_up arrow_drop_down
Aviso de establecimiento de sucursal para prestación de servicios  (1) expand_more expand_less
Autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras  (3) Cuando aplica expand_more expand_less
Inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC)  (2) expand_more expand_less
Inscripción de la persona moral extranjera en el RNIE  (3) expand_more expand_less
Registro en el Sistema de Información Empresarial (SIEM)  (2) expand_more expand_less
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Solicitar autorización de la CNIE
(última modificación: 23/10/2024)

Se requiere resolución favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (CNIE) para que personas morales mexicanas o extranjeras realicen alguna de las siguientes actividades:

  • Servicios portuarios a las embarcaciones para realizar sus operaciones de navegación interior, tales como el remolque, amarre de cabos y lanchaje.

  • Sociedades navieras dedicadas a la explotación de embarcaciones exclusivamente en tráfico de altura.

  • Sociedades concesionarias o permisionarias de aeródromos de servicio al público.

  • Servicios privados de educación preescolar, primaria, secundaria, media superior, superior y combinados.

  • Servicios legales.

  • Construcción, operación y explotación de vías férreas que sean vía general de comunicación, y prestación del servicio público de transporte ferroviario.

Es necesario crear usuario y contraseña.

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Espera hasta paso siguiente

 -  45 días

Detalles del contacto

Entidad a cargo

Secretaría de Economía (Torre Ejecutiva)

Pachuca 189, Colonia Condesa, Cuauhtémoc, Ciudad de México 06140
Tel: +52 (55) 5229 6100 / +52 (55) 5229 9100
Correo: contacto.ciudadano@economia.gob.mx
Sitio web: https://www.gob.mx/se

Unidad a cargo

Dirección General de Inversión Extranjera

Lun: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Mar: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Mié: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Jue: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00
Vie: 09:00 - 14:00, 16:00 - 18:00

Persona a cargo

María Luisa Rosas Rodríguez

Directora de Asuntos Jurídicos en la Comisión Nacional de Inversión Extranjera y en la Dirección General de Inversión Extranjera
Tel: 55 5729 9100 Ext. 35002
Correo: maria.rosas@economia.gob.mx

¿Qué información y documentos debe suministrar?

1. Solicitud por escrito
Solicitud por escrito (original + copia simple)

Solicitud por escrito que contenga:

Nombre o denominación social de quien solicita la resolución favorable; nombre del representante o quien promueve en representación del solicitante; domicilio para oír y recibir notificaciones y, en su caso, las personas que las puedan recibir a nombre del solicitante; hechos o razones que dan motivo a la solicitud; detallar con precisión las características principales del proyecto; especificar si cuenta o contará con sociedades filiales o subsidiarias; lugar y fecha de la solicitud y firma autógrafa del representante o persona que actúa en su nombre.

2. Cuestionario para solicitar resolución de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras
Cuestionario para solicitar resolución de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras (original + copia simple)

Deberá contener la mención del tipo de proyecto a efectuarse por el solicitante y los datos que comprueben los beneficios del proyecto para la economía del país.

3. 01 - Libre deuda de patente
Currículum vitae actualizado o resumen biográfico (original)

Requisito aplicable solo en caso de que el solicitante sea una persona física y deberá estar actualizado.

4. Reporte anual o descripción de las actividades del último ejercicio fiscal
Reporte anual o descripción de las actividades del último ejercicio fiscal (original)

En caso de que el solicitante sea una persona moral extranjera.

5. 01 - Libre deuda de patente
Acta constitutiva y estatutos sociales (original + copia simple)

En caso de que el solicitante sea una sociedad establecida o una persona moral extranjera que pretenda establecer una sucursal en la República Mexicana. En caso de sociedades extranjeras, el documento de constitución y los estatutos deberán estar legalizados ante cónsul mexicano o cuando resulte aplicable, apostillados.

6. 01 - Libre deuda de patente
Estados financieros auditados del último ejercicio fiscal (original)

En caso de que el solicitante sea una sociedad establecida.

7. 01 - Libre deuda de patente
Comprobante de pago de derechos (original + copia simple)
8. 01 - Libre deuda de patente
Documento que acredite modificaciones en los estatutos sociales (original + copia simple)

En caso de cambios en su denominación, razón social, fusión o alguna otra modificación.

¿Cuánto dura?

Hasta paso siguiente: max   45 días

Es bueno saber...

  • En caso de que los documentos se encuentren redactados en un idioma distinto al español, deberán acompañarse de traducción realizada por perito traductor, incluyendo la apostilla.

  • Es necesario contar con e.firma vigente.

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